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jueves, 28 de febrero de 2008
Provincia de Buenos Aires. Aclaran que no habrá juicios express para robos con armas
La Legislatura bonaerense sancionó recortes en los procesos penales que tardaban 8 años para obtener dictamen. Ahora se resolverán en 60 días. Se excluyeron los robos calificados con armas "aptas"
El ministro de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Ricardo Casal, se refirió por Radio 10 –en el programa Cada Mañana- a la repercusión que tendrá la aprobación de leyes para sentenciar causas penales en tan solo 60 días.
"El primer saldo positivo que arroja la sanción de estas leyes es como los dos poderes del Estado, el Ejecutivo y el Legislativo, han concurrido en auxilio de la mora judicial en forma conjunta", aseguró Casal.
Asimismo, Casal señaló que se trata de un "proceso oral, corto y eficiente", que alcanza a las causas con penas de hasta 15 años.
Además, rescató que "en el caso de la aprobación del recorte de las atribuciones del tribunal de casación, la distribución de causas permitirá que en el término de 8 o 9 meses, esté normalizado el sistema".
"Y en lo que hace a la flagrancia -argumentó- lo destacable es que mejora la capacidad de trabajo de los fiscales que tienen causas de extrema complejidad".
Indicó también que "la aplicación de la ley no requiere de inversión, más allá de la instrumentación del sistema tecnológico de grabación de las audiencias, ya que serán juicios totalmente orales, sin registro escrito".
Pese a la satisfacción oficial, la polémica surge porque esta aceleración de causas penales no cabe para los los robos calificados con armas "aptas", tomando por apta al instrumento eficaz para provocar un daño.
Lo que significa, un "arma de fuego en perfectas condiciones y cargada", según explicó Casal por Radio 10.
De esta forma, los robos con armas calificadas no recibirán el tratamiento que aprobó ayer la Legislatura bonaerense.
Casal justificó esta exclusión en que aquel que roba sin un arma apta, para la Justicia "deliberadamente no tiene la intención de usarla".
El resto de las modificaciones
En cuanto al recorte de atribuciones al Tribunal de Casación, Casal puntualizó que "a partir de ahora se distribuirán los más de siete mil juicios atrasados y se derivarán las causas que no correspondan".
Las leyes que modifican el Código de Procedimiento Penal de la provincia acotan las atribuciones del Tribunal de Casación y extienden el denominado proceso de flagrancia, fueron sancionadas ayer por la Legislatura provincial.
Los proyectos habían sido tratados la semana pasada en Diputados, pero como el Senado introdujo modificaciones, ambas cámaras sesionaron en tándem para lograr la sanción de las dos leyes.
A partir de ahora, el Tribunal de Casación sólo revisará sentencias de delitos cuyas penas superen los 10 años, mientras que los que no lleguen a ese monto de la pena serán revisadas por las Cámaras de Garantías del departamento judicial donde fueron juzgados.
También se sancionó la ley de "flagrancia", previsto para los delitos con penas que no superen los 15 años.
Fuente: Télam
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