Motivado por quejas de usuarios afectados, intimó al ENRE para que las empresas distribuidoras de energía no corten el servicio por falta de pago.
El defensor adjunto del Pueblo de la Nación, Anselmo Stella, reclamó al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) que arbitre los medios para que las empresas distribuidoras se abstengan de realizar cortes a quienes no pagan las facturas con aumento.
La Defensoría del Pueblo de la Nación reclamó al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) que, de manera inmediata, disponga las medidas necesarias para que las distribuidoras del servicio Edenor, Edesur y Edelap se abstengan de efectuar cortes en el servicio eléctrico motivados en la falta de pago de las facturas emitidas con aumentos.
El defensor adjunto Anselmo Sella, sucesor del renunciante ombudsman Eduardo Mondino, argumentó que el pedido se fundamenta en múltiples quejas recibidas de usuarios del servicio eléctrico, a quienes se habría interrumpido el servicio por falta de pago de las facturas.
"Las empresas estarían violando el Reglamento del Servicio, atento la falta de remisión de avisos de corte del suministro, pero fundamentalmente estarían desconociendo e incumpliendo una sentencia judicial", dijo Stella.
"Esto genera graves perjuicios a los usuarios dado que se les interrumpe el servicio de manera intempestiva y sin previo aviso, resultando así un acto intimidatorio para que se abone el servicio", indicó el nuevo ombudsman.
En sus presentaciones, los usuarios dejaron constancia de que no recibieron los avisos de corte del servicio; y que sus reclamos no fueron aceptados en las oficinas comerciales correspondientes.
Además, señalaron que se cursan intimaciones de pago indicando a los usuarios que la medida cautelar que impide suspender el suministro por falta de pago solo alcanza a la obligación de abonar el incremento establecido en las resoluciones cuestionadas.
El reclamo del defensor adjunto del Pueblo de la Nación fue desestimado por fuentes de la distribuidora Edenor, una de las tres mencionadas en la denuncia, que precisaron que "la empresa no está realizando cortes por falta de pago".
"Solamente el 10 por ciento del total de clientes tuvo aumentos. De ese 10 por ciento, 85 por ciento pagó la totalidad de las facturas y el resto realizó pagos parciales o no pagó nada", añadieron fuentes de la compañía.
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Número 9, a cargo de la Alicia de Negre, hizo lugar el pasado 28 de enero a la medida cautelar que había solicitado la Defensoría, "ordenándose a las empresas Edenor, Edesur y Edelap, se abstengan de efectuar cortes en el suministro de energía eléctrica motivados en la forma pago de las facturas emitidas en base a las resoluciones cuya impugnación el Defensor pretende".
La Defensoría nacional había promovió el 16 de enero último una demanda contra el Estado, el Ministerio de Planificación Federal, y el ENRE, a fin de que se declare la nulidad por ilegitimidad de las Resoluciones 1169/8 y 745/5 de la Secretaría de Energía, y sus modificatorias dictadas por el ENRE, pues la aplicación de las mismas, a partir de las facturaciones del servicio de distribución de energía eléctrica de las empresas, "resultaban contrarias al principio de razonabilidad establecido en el artículo 28 de la Constitución.
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