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jueves, 12 de marzo de 2015
Todos los inscriptos emitirán factura electrónica y en 2016 habrá IVA liquidado por AFIP
Echegaray anunció la generalización de la factura electrónica, con un período "ventana" para que particulares y cámaras avisen los problemas a AFIP, con clave fiscal en Internet
La AFIP tendrá todo preparado a fin de año para generar a partir de 2016 una declaración jurada automática mensual de IVA, que al contribuyente sólo le quedará ratificar o rectificar, y que denominan "IVA pro forma". Esto será posible luego de que se generalizará ayer la factura electrónica para los inscriptos en ese impuesto, entre otras medidas.
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray anunció, en una Jornada de Actualización Fiscal organizada por AmCham, que la generación de la plataforma para el IVA pro forma será resultado de la generalización de la factura electrónica y el IVA web, en julio próximo.
Comentó la Resolución 3.749, publicada ayer en el Boletín Oficial, para generalizar la factura electrónica a partir del 1º de julio próximo y con exclusión de los obligados a tener controladores fiscales. Se eliminan regímenes de información.
La factura electrónica llega así a sectores polémicos como los médicos inscriptos en IVA o SRLs pequeñas: puede ser un almacén de barrio en esa condición fiscal, indicó Verónica Fernández Guevara, de VG Consultores.
Además, la AFIP "abre una ventana", dijo Echegaray, entre el 1º de abril y el 31 de mayo próximos, para recibir información de contribuyentes individuales, cámaras, asociaciones o federaciones sectoriales sobre dificultades que puedan encontrar para cumplir con la factura electrónica por imposibilidades operativas o plazos de implementación. Estas dudas sólo podrán plantearse por Internet con clave fiscal. Precisó que la prórroga máxima que podría darse a raíz de los resultados de esta suerte de encuesta es el 1º de octubre próximo. Y el subdirector general de Recaudación, José Bianchi, aseguró que los técnicos del organismo, aún del máximo nivel, van personalmente a las localidades donde se denuncia que hay inconvenientes tecnológicos.
La factura electrónica también podrá ser emitida en forma opcional por sujetos exentos en IVA, como los que se dedican a la edición de libros, colegios privados u obras sociales.
El subdirector general de Fiscalización, Horacio Curien, indicó que pueden optar por la factura electrónica los exentos en el IVA hasta el 1º de abril próximo.
Los obligados a controlador fiscal podrán emitir factura electrónica en forma opcional a consumidores finales sólo cuando las ventas se realicen en forma telefónica o por Internet.
Curien también comentó que, para simplificar la factura electrónica, se eliminó la obligación previa del empadronamiento.
Quedan también obligados por la factura electrónica, independientemente de su situación frente al IVA, la medicina prepaga, las galerías de arte, los colegios privados, los locadores de inmueble rurales o temporarios para turismo. Y a partir del primer mes completo en que el responsable emita los comprobantes electrónicos, queda eximido de cumplir con el régimen informativo respectivo. Esto rige desde el 1º de julio.
Echegaray agregó que a partir del 1º de enero de 2016 también se eliminarán los regímenes de información de seguros; expensas; modelaje; liquidación primaria de leche, tabaco y pesca do; remates; combustibles, transporte de caudales, en la medida en que emitan factura electrónica.
La AFIP tendrá todo preparado a fin de año para generar a partir de 2016 una declaración jurada automática mensual de IVA, que al contribuyente sólo le quedará ratificar o rectificar, y que denominan "IVA pro forma". Esto será posible luego de que se generalizará ayer la factura electrónica para los inscriptos en ese impuesto, entre otras medidas.
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray anunció, en una Jornada de Actualización Fiscal organizada por AmCham, que la generación de la plataforma para el IVA pro forma será resultado de la generalización de la factura electrónica y el IVA web, en julio próximo.
Comentó la Resolución 3.749, publicada ayer en el Boletín Oficial, para generalizar la factura electrónica a partir del 1º de julio próximo y con exclusión de los obligados a tener controladores fiscales. Se eliminan regímenes de información.
La factura electrónica llega así a sectores polémicos como los médicos inscriptos en IVA o SRLs pequeñas: puede ser un almacén de barrio en esa condición fiscal, indicó Verónica Fernández Guevara, de VG Consultores.
Además, la AFIP "abre una ventana", dijo Echegaray, entre el 1º de abril y el 31 de mayo próximos, para recibir información de contribuyentes individuales, cámaras, asociaciones o federaciones sectoriales sobre dificultades que puedan encontrar para cumplir con la factura electrónica por imposibilidades operativas o plazos de implementación. Estas dudas sólo podrán plantearse por Internet con clave fiscal. Precisó que la prórroga máxima que podría darse a raíz de los resultados de esta suerte de encuesta es el 1º de octubre próximo. Y el subdirector general de Recaudación, José Bianchi, aseguró que los técnicos del organismo, aún del máximo nivel, van personalmente a las localidades donde se denuncia que hay inconvenientes tecnológicos.
La factura electrónica también podrá ser emitida en forma opcional por sujetos exentos en IVA, como los que se dedican a la edición de libros, colegios privados u obras sociales.
El subdirector general de Fiscalización, Horacio Curien, indicó que pueden optar por la factura electrónica los exentos en el IVA hasta el 1º de abril próximo.
Los obligados a controlador fiscal podrán emitir factura electrónica en forma opcional a consumidores finales sólo cuando las ventas se realicen en forma telefónica o por Internet.
Curien también comentó que, para simplificar la factura electrónica, se eliminó la obligación previa del empadronamiento.
Quedan también obligados por la factura electrónica, independientemente de su situación frente al IVA, la medicina prepaga, las galerías de arte, los colegios privados, los locadores de inmueble rurales o temporarios para turismo. Y a partir del primer mes completo en que el responsable emita los comprobantes electrónicos, queda eximido de cumplir con el régimen informativo respectivo. Esto rige desde el 1º de julio.
Echegaray agregó que a partir del 1º de enero de 2016 también se eliminarán los regímenes de información de seguros; expensas; modelaje; liquidación primaria de leche, tabaco y pesca do; remates; combustibles, transporte de caudales, en la medida en que emitan factura electrónica.
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