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sábado, 13 de septiembre de 2014

EL FRENTE RENOVADOR EXIGE QUE SE DEJE SIN EFECTO LA ELIMINACIÓN DE APLAZOS

El bloque de diputados del Frente Renovador (FR) de la Provincia de Buenos Aires, presentó hoy un proyecto de ley para que se deje sin efecto la eliminación de aplazos en las escuelas primarias. Los legisladores del FR reclamaron la derogación de la flamante resolución 1057 que fue firmada por la directora general de Cultura y Educación bonaerense, Nora de Lucía.

“Lamentablemente este nuevo sistema de evaluación busca nivelar hacia abajo”, advirtieron los legisladores.

Los diputados massistas cuestionaron el nuevo Régimen Académico del Nivel Primario que regirá desde el año próximo tanto para escuelas estatales como para privadas en la Provincia.

“La medida tiene como columna vertebral la baja en el nivel de exigencias a los estudiantes”, alertaron los diputados del FR, al tiempo que señalaron que “el nuevo régimen prevé una serie de facilidades para pasar de año, a aquellos que no cumplan con los requisitos pedagógicos que se exigían para tal fin”, advirtieron.

“Estamos frente a un serio retroceso educativo a nivel nacional y en la Provincia de Buenos Aires en particular; y, sin dudas, esta nueva normativa viene a nivelar hacia abajo, generando un detrimento en los niveles de educación y capacitación. Lo que pretenden aparentar como un beneficio para los niños, jóvenes y adolescentes, es sin dudas una falacia que sólo logrará perjudicarlos e imposibilitar la igualdad de oportunidades y de conocimiento”, agregaron los legisladores del FR

"Lo que buscan también con este nuevo sistema es esconder los índices de repitencia", agregaron.
También cuestionaron sobre el flamante sistema: “En el primer ciclo de la educación primaria, es decir de 1º a 3 año, ya no podrá utilizarse la calificación ‘aun no satisfactorio’ para identificar como desaprobado al alumno en alguna de las áreas educativas que forman parte del diseño curricular” y “en el segundo ciclo, es decir 4º, 5º y 6 º año, regirá una medida similar: Se suprimirán los aplazos con 1, 2 o 3 pudiendo ser calificados los alumnos solo con notas numéricas que van del 4 al 10”.

Para los diputados masistas, “la posibilidad de evaluar un alumno con una escala del 1 al 10, no resulta antojadiza, la misma permite conocer con mayor detalle cual ha sido el nivel de acercamiento a los objetivos curriculares. Por lo tanto reducir la escala solo significa tener un mayor desconocimiento del nivel de educación en el que se encuentran nuestros estudiantes”.

En tanto, “los alumnos de 2º a 5º año podrán pasar de año, teniendo un área desaprobada, circunstancia que no era posible con la anterior normativa”, señalaron también los legisladores al puntualizar las falencias del proyecto de la administración Scioli.

“Aquellos niños, jóvenes o adolescentes que hayan abandonado sus estudios, que los empiecen tardíamente o que hayan repetido varias veces, podrán ser matriculados en el año que corresponda a su edad biológica”, es otra de las cuestiones también objetada por el FR de la resolución de la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense.

Los diputados massistas añadieron: “El problema radica sin dudas, en que se encuentra a flor de piel el fracaso escolar y la deserción, lo cual significa que la escuela es incapaz de retener a sus alumnos y garantizar una adecuada trayectoria educativa. Es inconcebible una medida de estas características, cuando nos enfrentamos a un mundo globalizado que exige cada vez mayores conocimientos e inserción en áreas tecnológicas”.

PROYECTO DE 
LEY

Artículo Primero: Dejase sin efecto la Resolución 1057/14 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y ratificase su similar 1053/95, hasta tanto se cumplimente con lo dispuesto en el artículo segundo de la presente Ley.

Artículo Segundo: Exhortase a la Sra. Directora General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires a que a la brevedad dicte una resolución referente al Régimen académico de educación Primaria, que de estricto cumplimiento a las mandas constitucionales y demás normativa citada a lo largo de los considerandos de la presente.

Artículo Tercero: De forma.

FUNDAMENTOS:

La Señora Directora de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires ha dictado la resolución 1057/14, referente a un nuevo régimen académico para la educación primaria.
La medida tiene como columna vertebral la baja en el nivel de exigencias a los estudiantes.
Este régimen regirá tanto para los colegios de gestión pública como privada que dependen de la Dirección General de Cultura y Educación.
La norma prevé una serie de facilidades para pasar de año, a aquellos que no cumplan con los requisitos pedagógicos que se exigían para tal fin.
En el primer ciclo de la educación primaria, es decir de 1º a 3 año, ya no podrá utilizarse la calificación “aun no satisfactorio” para identificar como desaprobado al alumno en alguna de las áreas educativas que forman parte del diseño curricular.
En el segundo ciclo, es decir 4º, 5º y 6 º año, regirá una medida similar: Se suprimirán los aplazos con 1, 2 o 3 pudiendo ser calificados los alumnos solo con notas numéricas que van del 4 al 10.
Los tradicionales “Boletines” dejarán de existir, para dar paso a las “Libretas de Trayectoria Escolar”.
En el primer ciclo la evaluación será conceptual, estableciéndose solamente la escala del Regular, Bueno o Muy Bueno, según corresponda siendo solo la primera terminología la que significa desaprobación.
Los alumnos de 2º a 5º año podrán pasar de año, teniendo un área desaprobada,  circunstancia que no era posible con la anterior normativa.
Aquellos niños, jóvenes o adolescentes que hayan abandonado sus estudios, que los empiecen tardíamente o que hayan repetido varias veces, podrán ser matriculados en el año que corresponda a su edad biológica.

Sin dudas esta nueva normativa viene a nivelar hacia abajo, generando un detrimento en los niveles de educación y capacitación.
Lo que puede parecer un beneficio para los niños, jóvenes y adolescentes es sin dudas una falacia que solo logrará perjudicarlos e imposibilitar la igualdad de oportunidades y de conocimiento.
La posibilidad de evaluar un alumno con una escala del 1 al 10, no resulta antojadiza, la misma permite conocer con mayor detalle cual ha sido el nivel de acercamiento a los objetivos curriculares. Por lo tanto reducir la escala solo significa tener un mayor desconocimiento del nivel de educación en el que se encuentran nuestros estudiantes.
El problema radica sin dudas, en que se encuentra a flor de piel el fracaso escolar y la deserción, lo cual significa que la escuela es incapaz de retener a sus alumnos y garantizar una adecuada trayectoria educativa.
Es inconcebible una medida de estas características, cuando nos enfrentamos a un mundo globalizado que exige cada vez mayores conocimientos e inserción en áreas tecnológicas.
La educación en la Argentina fue años atrás motivo de orgullo Nacional, habiendo dado gran cantidad de científicos y profesionales cuyo reconocimiento internacional es de público y notorio conocimiento. La educación Pública fue en algún momento en la Argentina la “garante” de la igualdad de oportunidades.
Resultan alarmantes de por si los bajos rendimientos, el acrecentamiento de los índices de repitencia (cercano al 5% en el 1º año), abandono y poca inclusión de la escuela secundaria, reflejados por las pruebas de evaluación internacional PISA en matemática y lengua de las que participa la Argentina.
Este nuevo régimen académico para la educación primaria no solo omite combatir estas dificultades sino que plantea una política que acrecentará los malos resultados del sistema educativo actual.
El artículo 200 de Nuestra Constitución Provincial dispone que “La prestación del servicio educativo, se realizará a través del sistema educativo provincial, constituido por las unidades funcionales creadas al efecto y que abarcarán los distintos niveles y modalidades de la educación. La legislación de base del sistema educativo provincial se ajustará a los principios siguientes: 1- La educación pública de gestión oficial es gratuita en todos los niveles. 2- La educación es obligatoria en el nivel general básico. 3- El sistema educativo garantizará una calidad educativa equitativa que enfatice el acervo cultural y la protección y preservación del medio ambiente, reafirmando la identidad bonaerense. 4- El servicio educativo podrá ser prestado por otros sujetos, privados o públicos no estatales, dentro del sistema educativo provincial y bajo control estatal.”
La legislación dictada en consonancia y siguiendo la manda constitucional se ha explicitado, principalmente, en la Ley 13.688.
La resolución 1057/14 viola principios establecidos en Nuestra Constitución Provincial y en la precitada Ley. Así, el espíritu degradante de eliminar prácticamente la exigencia de conocimientos para pasar de año, colisiona directamente con la obligación del sistema educativo de brindar calidad equitativa.
Dicha resolución, directamente embiste los fines y objetivos de la ley 13.688 que en su inciso “a” del artículo 16 define como primordial “Brindar una educación de calidad”.
Lo mismo ocurre con los principios establecido en el artículo 4º de la Ley 13.688 que se verían contrariados por esta medida al afectar directamente “las oportunidades para el desarrollo y fortalecimiento de la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y la promoción de la capacidad de cada alumno de definir su proyecto de vida…”
De igual manera la norma de la Dirección General de Cultura Educación contraría principios que han sido plasmados por la ley 13.688 tales como las obligaciones que surgen para los alumnos- enumerados en el artículo 89 de la misma- que establece “Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades” (inciso b)
A tenor de lo normado en el artículo 200 de la Constitución Provincial, es obligación establecer la legislación base del sistema educativo, siguiendo las mandas constitucionales. Este mandato ha sido violado por la Resolución 1057/14, y corresponde por lo tanto a esta Honorable Cámara retomar la iniciativa, abocarse al tratamiento del asunto y en el marco de sus funciones legislativas dejar sin efecto la normativa que, haciendo un uso contrario de las prerrogativas y delegaciones dispuestas por la ley 13.688 se ha dictado en franca violación a los principios, objetivos y metas de nuestro sistema educativo.
Los cambios dispuestos por la Directora General, a contra luz de la realidad social que atravesamos en materia de educación, llevan a sostener que de no tomarse prontas medidas al respecto, en el sentido contrario al adoptado conlleva a la degradación final y total del sistema educativo en la Provincia de Buenos Aires.
Por cuanto antecede solicito a mis pares el acompañamiento en el siguiente proyecto.

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