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martes, 28 de julio de 2009

POR RESOLUCIÓN PROVINCIAL CREARÁN JUZGADO ADMINISTRATIVO DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO EN DON TORCUATO

Mediante una resolucion que se dio a conocer crearán la “Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito” provincial que estará dividida en 20 departamentos , que tendrá competencia en el juzgamiento de faltas cometidas en rutas, caminos, autopistas, semiautopistas o autovías bonaerenses o nacionales en el territorio de la Provincia.

Para el “Departamento de San Isidro” su asiento será en la localidad de Don Torcuato y tendrá competencia territorial en los siguientes partidos: Baradero, Campana, Exaltación de la Cruz, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, José C. Paz, Luján, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Pilar, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate.

Estos Juzgados estarán integrados por un (1) Juez Administrativo, y al menos un (1) Secretario, un (1) Prosecretario, y para ello llamaron a “concurso de antecedentes” destinado a cubrir un (1) cargo de Juez Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial, para cumplir funciones en el Departamento de San Isidro, con sede en la localidad de Don Torcuato.

El lugar físico que tendrá en Don Torcuato aún no ha sido comunicado, aunque ya se supone donde será.

Para los interesados publico la resolución provincial al respecto

Resolución Nº 654 La Plata, 8 de julio de 2009. VISTO el expediente Nº 22103-283/09, la sanción de la Ley Nº 13.927, el artículo 6º del Decreto Nº 532/09, la implementación de la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 29 de la Ley de Tránsito Nº 13.927 se creó en el ámbito del Poder Ejecutivo y en la órbita del actual Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros (conf. artículo 16, inciso 19 de la Ley de Ministerios Nº 13.757 –texto según Ley Nº 13.975-), la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial, que tendrá competencia en el juzgamiento de faltas cometidas en rutas, caminos, autopistas, semiautopistas o autovías bonaerenses o nacionales en el territorio de la Provincia; Que por la misma norma se encomienda al Poder Ejecutivo establecer la cantidad de órganos, lugar de funcionamiento y jurisdicción territorial que les será asignada; Que en función del artículo 1º del Anexo II Título IV del Decreto Nº 532/09 la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial se divide en veinte (20) Departamentos con las denominaciones que se enuncian a continuación: Azul, Bahía Blanca, Dolores, San Martín, Junín, La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Merlo, Moreno-General Rodríguez, Morón, Necochea, Pergamino, Quilmes, San Isidro, San Nicolás de los Arroyos, Trenque Lauquen, Zárate-Campana; Que por medio del artículo 6º del mencionado Decreto se encomienda al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros a ampliar o reducir la competencia territorial establecida precedentemente teniendo en cuenta la progresiva implementación en el territorio de la Provincia de Buenos Aires de la totalidad de los Juzgados y atendiendo a los índices de siniestralidad vial y flujo vehicular; Que para una razonada y proporcional distribución de competencia territorial, considerando el flujo vehicular diario que transita por las rutas que atraviesan los departamentos de Dolores, Mar del Plata y San Isidro, se considera necesario un reordenamiento territorial de los mismos; Que en orden a las prescripciones legales, corresponde en esta instancia aprobar la resolución que determina el ámbito de competencia territorial que ejercerán los Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial de los Departamentos de Dolores, Mar del Plata y San Isidro a fin de posibilitar la operatividad y efectivo funcionamiento de la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial; Que a fojas 4 y vta. la Asesoría General de Gobierno ha tomado la intervención que le compete; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 532/09, reglamentario de la Ley de Tránsito Nº 13.927; Por ello, EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Establecer la competencia territorial de los Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial correspondiente a los departamentos de Dolores, Mar del Plata y San Isidro, de la siguiente manera: Departamento de Dolores. Su asiento será en la ciudad de Dolores y tendrá competencia territorial en los siguientes partidos: Castelli, Chascomús, De la Costa, Dolores, General Belgrano, General Guido, General Lavalle, General Madariaga, Maipú, Pila, Pinamar, Tordillo y Villa Gesell. Departamento de Mar del Plata. Su asiento será en la ciudad de Mar del Plata y tendrá competencia territorial en los siguientes partidos: Ayacucho, Balcarce, General Alvarado, General Pueyrredón y Mar Chiquita. Departamento de San Isidro. Su asiento será en la localidad de Don Torcuato y tendrá competencia territorial en los siguientes partidos: Baradero, Campana, Exaltación de la Cruz, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, José C. Paz, Luján, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Pilar, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate. ARTÍCULO 2º.- Registrar, comunicar, publicar dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. Alberto Pérez Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros C.C. 8.207 Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución Nº 655 La Plata, 8 de julio de 2009. VISTO el expediente Nº 2200-9960/09, la sanción de la Ley Nº 13927, el Decreto Nº 532/09, la creación de la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 29 de la mencionada norma se crea en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial y en la órbita del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros (conf. artículo 16, inciso 19 de la Ley de Ministerios Nº 13757 –texto según Ley Nº 13975–), la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial, que tendrá competencia en el juzgamiento de faltas cometidas en rutas, caminos, autopistas, semiautopistas o autovías provinciales o nacionales en el territorio de la Subsecretar?ala Provincia; Que el artículo 30 de la Ley Nº 13.927 determina que los Juzgados estarán integrados por un (1) Juez Administrativo, y al menos un (1) Secretario, un (1) Prosecretario y el artículo 31 establece que para ser Juez se requiere, como mínimo, la edad de veinticinco (25) años y tres años de práctica en la profesión de abogado, debiendo los mismos ser designados a través de un concurso de antecedentes; Que por el artículo 5º del Decreto Nº 532/09 se faculta al Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar el Reglamento del concurso de antecedentes exigible para la designación de los Jueces Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial, como asimismo a implementar, dentro de su órbita, la estructura orgánica funcional que coordine el correcto funcionamiento de los Juzgados; Que en orden a las prescripciones legales, corresponde en esta instancia aprobar las bases del reglamento para formalizar el concurso de antecedentes, a fin de posibilitar la operatividad y efectivo funcionamiento de la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial: Que a fojas 8 y 9 la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención de su competencia; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Decreto Nº 532/09, reglamentario de la Ley de Tránsito Nº 13927; Por ello, EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Aprobar el Reglamento del concurso de antecedentes para la designación de los Jueces Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial, el que como Anexo Único, compuesto de 2 fojas, forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. Alberto Pérez Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros ANEXO ÚNICO LLAMADO A CONCURSO DE ANTECEDENTES ARTÍCULO 1º. Llamado a Concurso de Antecedentes. El Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros, será la autoridad responsable del desarrollo de los concursos y de las acciones conducentes a la oportuna ejecución de los mismos, pudiendo a esos efectos dictar las normas que estime pertinentes, fijando los recaudos y procedimientos que correspondan. ARTÍCULO 2°: Publicidad. Las correspondientes publicaciones sobre la apertura y cierre del llamado a concurso para cubrir la vacante de Juez Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial se efectuarán por dos días en el “Boletín Oficial” y en la página web del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros (www.gob.gba.gov.ar) con diez (10) días previos a la fecha de iniciación de la inscripción. ARTÍCULO 3º. Plazo de Inscripción. En el llamado a concurso de antecedentes se especificará el cargo que debe cubrirse. Se abrirá la inscripción por el término de cinco (5) días, indicando la fecha y hora de iniciación y finalización de ese lapso, la que podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado. ARTÍCULO 4º. Inscripción en el concurso. La solicitud de inscripción deberá presentarse personalmente o por tercero autorizado, ante el Registro Único de Infractores de Tránsito, conteniendo los datos personales y de formación laboral y profesional que se enuncian a continuación: a) nombres y apellidos completos b) domicilio real actual, número de teléfono y dirección de correo electrónico, si los tuviere. c) lugar y fecha de nacimiento. d) si es argentino nativo, por opción o naturalizado. Por excepción, podrán admitirse extranjeros en los términos y condiciones establecidas por la Ley Nº 10430 (TO Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96. e) tipo y número de documento de identidad. f) estado civil. g) domicilio, número de teléfono y dirección de correo electrónico que constituye a los efectos del concurso, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen. h) fecha de expedición del título de abogado y Universidad otorgante. i) otros estudios cursados que guarden vinculación con el cargo al que aspira. j) desempeño laboral y profesional a partir de la obtención del título de abogado. k) Los abogados que se desempeñen o se hubieren desempeñado en el ejercicio libre de la profesión deberán acompañar constancia del o de los Colegios de Abogados donde se encontrasen matriculados, sobre las sanciones disciplinarias que se le hubieran aplicado, con indicación de fecha y motivo. l) Los abogados que se desempeñen o hubieren desempeñado en la Administración Pública deberán adjuntar certificados de empleos o constancia o diploma de designación en funciones de carácter público, por nombramiento o elección. m) acompañar una fotografía reciente de tipo carnet de cuatro por cuatro centímetros (4x4cm). Con la solicitud de inscripción se deberá acompañar fotocopia autenticada de los documentos que acrediten la información suministrada. Todo el contenido de la presentación tendrá el carácter de declaración jurada. La comprobación de que el concursante no reúne los requisitos legales exigidos, o ha incluido en ella datos falsos o ha omitido la denuncia de circunstancias que debía ponerse en conocimiento de acuerdo a este reglamento, dará lugar a la exclusión del postulante. No se recibirá ninguna inscripción fuera de término. ARTÍCULO 5°. Requisitos. Los postulantes deberán cumplimentar los requisitos pertinentes de admisibilidad e ingreso establecidos por los artículos 2° y 3° de la Ley Nº 10430 (T.O. Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, y con los previstos por la Ley Nº 13927 para el cargo al que aspiran. ARTÍCULO 6º. Admisibilidad y Elevación: Vencido el plazo de inscripción, se remitirán las solicitudes de inscripción a la Subsecretaría de Gabinete, la que previa evaluación del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, elevará la nómina y antecedentes de quienes se encuentran en condiciones de acceder al cargo al Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 7º: Evaluación y Designación: El Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros, en base a pautas objetivas de evaluación de los antecedentes presentados por los postulantes, dará a conocer el resultado del concurso y elevará a consideración del Poder Ejecutivo la documentación de los letrados que reúnan los recaudos de admisibilidad e ingreso para el cargo, a fin de proceder a su designación. C.C. 8.206 Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución Nº 680 La Plata, 20 de julio de 2009. POR 2 DÍAS - VISTO el expediente Nº 22103-380/09, la sanción de la Ley Nº 13.927, el artículo 6º del Decreto Nº 532/09, la creación de la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial, el Decreto Nº 532/09, las Resoluciones Nº 654/09, Nº 655/09, la necesidad de cubrir las vacantes de Jueces Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 29 de la Ley de Tránsito Nº 13.927 se creó en el ámbito del Poder Ejecutivo y en la órbita del actual Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros (conf. artículo 16, inciso 19) de la Ley de Ministerios Nº 13.757 –texto según Ley Nº 13.975-), la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial, que tendrá competencia en el juzgamiento de faltas cometidas en rutas, caminos, autopistas, semiautopistas o autovías bonaerenses o nacionales en el territorio de la Provincia; Que el artículo 30 de la mencionada normativa determina que los Juzgados estarán integrados por un (1) Juez Administrativo, y al menos un (1) Secretario, un (1) Prosecretario y el artículo 31 establece que para ser Juez se requiere, como mínimo, la edad de veinticinco (25) años y tres años de práctica en la profesión de abogado, debiendo los mismos ser designados a través de un concurso de antecedentes; Que en función del artículo 6º del Decreto Nº 532/2009 se encomienda al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, a ampliar o reducir la competencia territorial establecida en el Anexo II Título IV del mencionado Decreto atendiendo a los índices de siniestralidad vial y flujo vehicular; Que por medio de la Resolución Nº 654/09 se modificó la competencia territorial en los Departamentos de Dolores, Mar del Plata y San Isidro con el objeto de lograr una razonada y proporcional distribución de competencia territorial y considerando el flujo vehicular diario que transita por las rutas que atraviesan dichos departamentos; Que por medio de la Resolución Nº 655/09 se ha aprobado el reglamento para formalizar el concurso de antecedes para la designación de los Jueces Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial, a fin de posibilitar la operatividad y efectivo funcionamiento de la Justicia Administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial; Que resulta necesaria la convocatoria para ocupar las vacantes para el cargo de Juez Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial en los Juzgados de Don Torcuato, Dolores, Mar del Plata y La Plata; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 532/09, reglamentario de la Ley de Tránsito Nº 13.927; Por ello, EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE: ARTÍCULO 1º - Convocar a Concurso de Antecedentes para cubrir las siguientes vacantes: Concurso Nº 1: Destinado a cubrir un (1) cargo de Juez Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial, para cumplir funciones en el Departamento de La Plata, con sede en la ciudad de La Plata. Concurso Nº 2: Destinado a cubrir un (1) cargo de Juez Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial, para cumplir funciones en el Departamento de Dolores, con sede en la ciudad de Dolores. Concurso Nº 3: Destinado a cubrir un (1) cargo de Juez Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial, para cumplir funciones en el Departamento de Mar del Plata, con sede en la ciudad de Mar del Plata. Concurso Nº 4: Destinado a cubrir un (1) cargo de Juez Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial, para cumplir funciones en el Departamento de San Isidro, con sede en la localidad de Don Torcuato. ARTÍCULO 2º -. Establecer que los aspirantes que se postulen deberán reunir las condiciones generales y específicas para el cargo al que se convoca, las que se consignan en la Resolución Nº 655/09. ARTÍCULO 3º - Los postulantes deberán solicitar su inscripción en el Departamento Mesa de Entradas de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, desde el día 13 y hasta el día 20 de agosto de 2009, en el horario de 9 a 13 horas. ARTÍCULO 4º - Registrar, comunicar, publicar dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. Alberto Pérez Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros C.C. 8.205 / jul 28 v. jul 29 Provincia de Buenos Aires DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Resolución Nº 653 La Plata, 8 de julio de 2009. VISTO el expediente Nº 2200-9929/09, mediante el cual se propicia la aprobación del modelo del Acta Única de Infracción, juntamente con los formularios de notificación del mismo, y CONSIDERANDO: Que el modelo y los formularios de notificación han sido elaborados por la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial (ex Dirección del Registro Único de Infractores de Tránsito), de conformidad con lo prescripto en el artículo 7º de la Ley Nº 13927; Que mediante el Decreto Nº 3286/08, la ex Dirección del Registro Único de Infractores de Tránsito pasó a denominarse Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial; Que a fojas 3 a 5 se agrega el modelo de Acta Única de Infracción y los formularios de notificación del mismo; Que a fojas 7 ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno en lo que a su competencia se refiere; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, inciso 14, 16, inciso 13 de la Ley N° 13757, sus modificatorias y el artículo 7º del Decreto Nº 532/09; Por ello, EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; RESUELVE: ARTÍCULO 1º. Aprobar el modelo de Acta Única de Infracción, juntamente con los formularios de notificación del mismo, elaborado por Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial (ex Dirección del Registro Único de Infractores de Tránsito), que forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo Único, compuesto de 3 fojas. ARTÍCULO 2º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar. Alberto Pérez Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros Nota: El Anexo mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución, podrá ser consultado en la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial.

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