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miércoles, 25 de abril de 2012

Proponen que se quiten licencias a procesados por homicidios culposos

Se busca por medio de un Proyecto de Ley modificar el Código Procesal Penal bonaerense para que los acusados por homicidio culposo en accidentes de tránsito queden inhabilitados para conducir “durante el tiempo que dure el proceso y hasta el dictado de la sentencia definitiva”

Tras la inminente liberación de Rodrigo “La Hiena” Barrios, famoso boxeador, condenado a cuatro años de prisión efectiva por provocar en 2010 el choque en el que murió la joven embarazada Yamila González, el diputado Walter Martello presentó una iniciativa en la Cámara Baja provincial para que en estos casos los condenados se inhabiliten para conducir. “Barrios fue beneficiado por una situación que en derecho se conoce como "nulla coactio sine lege" y puede manejar con licencia aún procesado”, explicó el diputado.
En rigor el proyecto propone incorporar el artículo 518 bis al Código Procesal Penal bonaerense y establece que cuando las lesiones o muerte sean consecuencia del uso de automotores, el Juez imposibilitará al acusado para conducir. “Es necesario avanzar hacia medidas más reparatorias tanto para las víctimas como para sus familiares. Las interpretaciones a dicho Código no pueden hacerse en detrimento de la sociedad que quiere justicia y no decisiones impunes”, manifestó el legislador.
La iniciativa cita en sus fundamentos el artículo 77 bis de la Ley Nacional de Tránsito que prevé “la quita del carnet por conducir alcoholizado o drogado; violar el límite de velocidad por más de 10%; no respetar los semáforos; andar en moto sin casco; conducir a contramano; no acreditar la VTV y no poseer comprobante del seguro obligatorio”. A su vez, hace especial hincapié en el artículo 311 bis que fija al procesado en accidentes de tránsito la prohibición provisoria para conducir.
“Para Barrios no es aplicable el mismo artículo que rige en el Código Nacional y en algunas provincias ya que en Buenos Aires no está legislado”. La Provincia adhirió a la norma nacional por Ley 13.927, que en su artículo 12° dispone: “los accidentes de tránsito serán estudiados y analizados a los fines estadísticos y para determinar su causalidad y obtener conclusiones que permitan aconsejar medidas para su prevención”.
Sin embargo, “en la misma norma sólo se instituye la quita de la licencia en forma “preventiva” ante un sin número de situaciones, que no contemplan los casos de quienes fueron juzgados por homicidios culposos y sentenciados”, señala el proyecto.
Un informe reciente revela que mueren alrededor de 20 personas por día, reportando cerca de 7.000 muertos al año, y hay más de 120.000 heridos anuales de distinto grado, sin contar las millonarias pérdidas materiales”.

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