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viernes, 23 de agosto de 2013

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Escandalo en Registro Civil de Don Torcuato: Desarticulan una banda acusada de adulterar pasaportes

El operativo fue llevado a cabo pr los ministerios del Interior y de Seguridad. La banda actuaba en Tigre, con la complicidad de la delegación del Registro Civil de Don Torcuato.

La banda adulteraba pasaportes utilizando huellas de personas de bajos recursos, con las fotos de personas extranjeras a las que les cobraban 4.500 dólares.
Personal de los ministerios de Interior y de Seguridad desarticularon una banda que adulteraba pasaportes. La banda actuaba en Tigre con complicidad de la delegación del Registro Civil de Don Torcuato.
Interior explicó que "lograron desarticular una banda que operaba en Tigre y, con complicidad de empleados de la delegación del Registro Civil de Don Torcuato, adulteraba pasaportes utilizando huellas de personas de bajos recursos a las que les pagaban por usar sus datos, con las fotos de otras personas extranjeras a las que les cobraban hasta 4.500 dólares por los trámites".
Indicó en un comunicado que el primer caso se detectó gracias al sistema biométrico que el Ministerio del Interior y Transporte instaló en los aeropuertos, cuando una de estas personas intentó salir del país.
Fue a partir de ese momento que se hizo un trabajo conjunto entre el ministro Florencio Randazzo y el secretario de Seguridad Sergio Berni, que derivó en una denuncia penal en el Juzgado Federal Nº 1 de San Isidro a cargo de Sandra Arroyo Salgado.
"Luego se detectaron más casos de pasaportes adulterados que ya fueron informados a la Justicia, las Fuerzas de Seguridad e Interpol", detalló el Ministerio del Interior.
Otras 18 personas fueron detenidas al momento de intentar realizar el trámite del Nuevo DNI con esos pasaportes, cuyas huellas no coincidían con las fotos, y saltaron automáticamente por la informatización del sistema del Renaper.
"En las últimas horas la Justicia ordenó 22 allanamientos, entre ellos el de la propia oficina del Registro Provincial de las Personas de Don Torcuato, y personal de la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal procedió a detener a 4 empleados que serían cómplices de la maniobra, con lo cual se considera que esta banda quedó desarticulada", informó Interior.
El delito por el cual están acusados es el de “Falsificación de Documentos Públicos, Usurpación de Identidad, Violación de los Deberes de Funcionario Público, Tráfico de Influencias y Defraudación a la Administración Pública”.

El pronóstico del tiempo correspondiente a Don Torcuato es:

 Pronóstico de las 05:30 del día 23/08/2013
Temperatura Mínima Pronosticada: -1
Temperatura Máxima Pronosticada: 10
Para la mañana: Cielo algo ó parcialmente nublado. Probabilidad de heladas en área suburbana. Vientos leves del sudoeste.
Para la tarde o noche: Cielo parcialmente nublado. Vientos leves del sector sur.

El tiempo en Don Torcuato

Con la irrupción de aire frío polar se ve afectada la costa atlántica con aumento de nubosidad y viento moderado del sudoeste generando descenso de temperatura y sensación térmica baja.

0.4°C
Nublado parcial
Humedad: 82%
Presión: 1023.6 hPa
Vientos: SO 3 km/h
ULTIMOS DATOS REGISTRADOS A LAS 07:00 HS.

Esta tarde: Nublado parcial MAX.13°C

SSO a 9 km/h

jueves, 22 de agosto de 2013

APERTURA DEL PASO A NIVEL CORRO DE LA LÍNEA SARMIENTO

Línea Sarmiento informa desde el día de hoy queda habilitado al tránsito vehicular el paso a nivel Corro correspondiente al ramal Once - Moreno.
El mencionado paso a nivel fue clausurado por un lapso de 40 días, llevándose a cabo la renovación de los componentes ferroviarios y mejoramiento tanto de la zona de tránsito vehicular como peatonal. Dichos trabajos están enmarcados dentro del Plan de Obras anunciado por el Ministerio del Interior y Transporte.

Dante Gullo presentó un proyecto para declarar a la FM Bajo Flores de interés cultural y social

El diputado Juan Carlos Dante Gullo presentó un proyecto para declarar de interés cultural y social de la Ciudad de Buenos Aires a la radio FM Bajo Flores, ubicada en la Villa 1-11-14, que desde 1996 desarrolla una destacada y comprometida tarea comunitaria por la justicia social y la comunicación en manos del pueblo.  

En sus fundamentos, el proyecto destaca que “Toda la actividad social y cultural de la FM Bajo Flores se proyecta en una programación que permite conocer la vida del Bajo Flores, su música, sus costumbres, su actividad y sus reclamos, siendo un medio en el cual se pueden ver reflejadas las colectividades paraguaya, boliviana y peruana que viven junto a los argentinos de distintas partes de nuestro país, tanto aquellos venidos desde las provincias como los nacidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.”

Además, la FM Bajo Flores ha extendido la idea de que la comunicación es un derecho humano y, como tal, un derecho inalienable, al ámbito gráfico. Primero, editando en el 2008 el libro “Micrófonos para el Pueblo (o como un barrio parió una radio comunitaria)”, que ya lleva dos ediciones y tiene una tercera en elaboración que será en versión historieta. Además, sus integrantes producen el periódico mensual “El Diario de la Virgen”, dirigido y editado por la Parroquia Santa María Madre del Pueblo.

FM Bajo Flores fue parte indispensable en la fundación de la Coalición por una Radiodifusión Democrática en 2004. Dicha Coalición es un grupo de sindicatos de prensa, universidades, organizaciones sociales, radios comunitarias, pequeñas radios comerciales y organismos de derechos humanos, entre otros, convocada para presentar 21 puntos básicos que fueron la base del Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, que se transformó en Ley el 10 de octubre de 2009.

En la actualidad, la FM Bajo Flores brinda talleres de radio y periodismo, televisión comunitaria, redes sociales y nuevas tecnologías, fotografía y edición de imagen y sonido a más de 300 adolescentes. Además, cuenta con talleres de plástica, apoyo escolar y clases de catequesis en colaboración con la Parroquia Madre del Pueblo.

También brinda capacitación en radio en otras instituciones como  por ejemplo: La Escuela Especial y Formación Laboral Nº 01 D.E. 08 "Alfonsina Storni", en Parque Chacabuco; El Hogar de Cristo – Don Bosco. Centro de día para hombres y mujeres en recuperación de sus adicciones; los Centros de Salud N° 19 y 20. (Para profesionales que se encuentran realizando su residencia) y en el Instituto General San Martín (para menores privados de su libertad).

La FM Bajo Flores forma parte del movimiento nacional y continental de radios comunitarias, tanto de la red FARCO (Foro Argentino de Radios Comunitarias) como de ALER (Asociación Latinoamericana de Educación Radiofónica).

Inauguración de la pileta climatizada del polideportivo El Zorzal

Se realizará el viernes 23 de agosto a las 18 horas en Sucre y Lima, General Pacheco. 

El municipio de Tigre invita a la inauguración de la climatización del natatorio del polideportivo El Zorzal, que se llevará a cabo el próximo viernes 23 de agosto a las 18 horas, en Sucre y Lima, en la localidad de General Pacheco.
Dicho acto contará con la presencia de autoridades municipales.

Massa: "Ni ajuste ni devaluación, el camino es la inversión y construir confianza"

El primer candidato a diputado nacional por el Frente Renovador fue invitado a disertar en la décima edición del encuentro anual del Consejo de las Américas para analizar la coyuntura y el futuro del país. Y explicó que Argentina atraviesa un “proceso de estancamiento por la falta de sensibilidad o pericia de muchos funcionarios”.

En el hotel Alvear de la Ciudad de Buenos Aires, Sergio Massa tuvo a su cargo el cierre de las jornadas del Consejo de las Américas. Allí insistió con  que "tenemos que generar confianza para atraer la inversión que necesita Argentina".
Como parte de la conferencia "Argentina: perspectivas económicas y políticas", Massa además planteó: "Ni ajuste, ni devaluación, el camino es la inversión y el desafío es construir confianza. El desafío más importante es dejar de mirar para atrás: en Argentina la generación hija de la democracia basa su potencia en la gestión, cuando crea un vínculo con la sociedad mirando para adelante y convocando a todos los sectores para mejorar el país".
Asimismo, Massa aseguró que en la Argentina “discutimos con mucha intensidad en los procesos electorales todas las cuestiones, pero no transformamos esas discusiones en políticas de Estado a lo largo del tiempo. Estamos entrando en una etapa nueva, hay que acabar con la confrontación, con que somos amigos o enemigos, ciudad o interior, campo o industria. Hay que generar el diálogo sincero, con reglas claras a futuro”.
"La Argentina vive un momento en el que  la arbitrariedad, la presión y las situaciones de abuso de poder se tornan en un lenguaje corriente en el vínculo entre el Estado y la Nación ", advirtió.
Y amplió: “Argentina no es hoy un país en absoluta crisis, ni tampoco en un proceso de crecimiento. Está en un proceso de estancamiento, por la coyuntura internacional pero también por la falta de sensibilidad o pericia de muchos funcionarios. Es importante entender que Argentina tiene que dar un paso distinto al que estuvo dando en los últimos años. Debemos abrazarnos al futuro".

La Secretaría de Protección Ciudadana y la Comisaría 4ta. de San Fernando esclarecieron un homicidio

Todo se inició al recibirse en el 911 la denuncia del hallazgo del cadáver de un hombre a la altura del Puente Negro, en Virreyes.

A raíz de la denuncia recibida, el personal de la Comisaría 4ta. se constituyó en Ruta 202 y Puente Negro, en la localidad de Virreyes, hallando a una persona muerta con herida de bala, identificado luego como Guillermo Alejandro Peralta, de 32 años, quien sostenía en su mano izquierda una pistola calibre 9 mm Bersa Thunder con un cargador con 12 proyectiles intactos. Ello dio origen a una causa por Homicidio, en la que intervino el área de Investigaciones Criminales de San Fernando.

Mediante el trabajo en conjunto del personal de la Comisaría 4ta. y de las Patrullas Ciudadanas coordinados por la Jefatura Distrital de San Fernando, pudo establecerse que Peralta, junto a un menor de edad, cruzaron un carro en la Ruta 202 para impedir el paso de los vehículos con fines de robo a los conductores. Mediante este método, interceptaron a un Peugeot 206 color negro. Pero su conductor, desde el interior del rodado, efectuó varios disparos contra el delincuente, dándose a la fuga, al igual que el malviviente mortalmente herido, quien cayó al piso poco después. 

Con el gran aporte de la Secretaría de Protección Ciudadana a la investigación, se estableció que el rodado sería un Peugeot 206 de iguales características, cuyo titular sería Marcelo René Gasparini, miembro de una fuerza de seguridad nacional.



Interiorizado el Fiscal del caso, dispuso un allanamiento en el domicilio del citado, deteniéndose a Gasparini, con el cargo de ser quien disparó y ultimó a Peralta, secuestrándose además el citado vehículo y su pistola reglamentaria calibre 9 mm.   



Asimismo, la continuidad de la investigación llevó a un menor de 17 años que participó junto a Peralta del frustrado robo a Gasparini, quien fue detenido y quedó a disposición de la Justicia de Menores. Se estableció, además, que este menor y Peralta serían autores de los delitos de Robo Agravado cometido el 6 de mayo en jurisdicción de la Comisaría 2da. de San Fernando, en perjuicio de Mario Luis Cabré, a quien le sustrajeron un vehículo, y de Robo Calificado cometido el 16 de mayo sobre el camino hacia Nordelta, en perjuicio de María Silvina Robanatis, a quien le sustrajeron la pistola 9 mm Bersa Thunder encontrada en mano del occiso Peralta. 

De esta manera, quedaron totalmente esclarecidos el homicidio, como así también los delitos de robo agravado y robo calificado.

El Día del Empresario se celebró en Tigre

Con la presencia del intendente de Tigre, Sergio Massa, más de 300 representantes de las principales empresas, PyMES, cámaras y asociaciones de Tigre celebraron su día en las instalaciones del Club Náutico Hacoaj. “Tenemos que darles permanentemente señales de confianza para el futuro, con facilidades en el trabajo cotidiano para que sigan generando trabajo porque lo que queremos es que todos tengan laburo”, sostuvo Massa.

El salón principal del Hacoaj Tigre fue el ámbito donde las principales empresas, PyMES, cámaras y asociaciones del partido se reunieron convocadas por la Unión Empresaria (UET) para celebrar con la tradicional cena anual el Día del Empresario.
El intendente de Tigre, Sergio Massa, estuvo presente en el agasajo y destacó: “Hoy nos encontramos empresarios y representantes de distintos sindicatos de zona Norte con la idea de apoyar a todos aquellos que generan trabajo, sobre todo a pequeños y medianos empresarios que son las que verdaderamente generan empleo. Tenemos que darles permanentemente señales de confianza para el futuro,  con facilidades en el trabajo cotidiano para que sigan generando trabajo porque lo que queremos es que todos tengan laburo”.
Y agregó: “Desde el punto de vista empresarial, convocamos a pequeñas y medianas empresas, a la Unión Industrial y al sector agropecuario. Es importante que todos los sectores de la vida laboral y económica de la Argentina tengan un lugar donde expresarse y plantear sus inquietudes”.
Por otro lado, el presidente del Honorable Concejo Deliberante, Julio Zamora, sostuvo: “Planteamos políticas para lograr que las PyMES, que son el motor de la comunidad y grandes generadores de trabajo, puedan tener la mano extendida del estado municipal para lograr solucionar sus problemas”.  
Por su parte, la presidente de la UET, Claudia Kalinec, expresó: “Desde la UET tenemos como visión impulsar, desarrollar y promover la actividad. Conocemos a Massa y a su equipo de trabajo y confiamos en que pueden dar a los pequeños y medianos empresarios el escenario apropiado para alcanzar el progreso”.
En el marco de la celebración, las autoridades de la UET entregaron reconocimientos a diversas entidades del distrito por su trayectoria y esfuerzo.
El subsecretario de Empleo y Producción de Tigre, Eduardo Fernández, resaltó la importancia que el Municipio le otorga al empresariado: “Recuerdo la primera vez que nos juntamos con los empresarios de la región, hace siete años, cuando iniciábamos la gestión, éramos pocos. Hoy, somos muchos más, completamente asociados y con base en el diálogo”.
Asimismo, estuvo presente Daniel Gambino, secretario de Promoción Comunitaria. Al respecto, expresó: “Desde el ámbito de las políticas de empleo, siempre nuestra gestión se caracterizó en tener un vínculo fuerte con todas las partes del sistema productivo, ya sea empresarios, cámaras de comercio y gremios”.
Además asistió Pedro Del Piero, presidente de Fundación Metropolitana.

Tigre sigue premiando a aquellos que cumplen con su deber tributario

El Municipio, a través de la Secretaría de Ingresos Públicos, premió a otro vecino por tener al día la tasa por Servicios Municipales. La cuenta ganadora fue la nº 410400, un contribuyente de Tigre Centro, que se hizo acreedor de un LCD 32 pulgadas. 

La Secretaría de Ingresos Públicos realizó el clásico sorteo, en el marco del Programa “Si cumplís, ganás”, que premia a los ciudadanos por cumplir con el pago de la tasa por Servicios Municipales. El programa tiene como objetivo fomentar un compromiso recíproco entre los habitantes de la comuna y el gobierno local.

“Continuamos, mediante este programa de incentivos, reconociendo el desempeño de aquellas personas que tienen al día sus tasas municipales. Para nosotros son un ejemplo a seguir por el resto de la comunidad y premiarlos significa que están haciendo las cosas bien y deben seguir desarrollando su deber tributario”, destacó el secretario de Ingresos Públicos, Daniel Chillo.

También, se entregó el LCD al ganador del mes de julio: Carlos María Lecumberri, de Gral. Pacheco, quien se mostró muy agradecido con el Municipio por el reconocimiento y destacó la importancia de pagar los impuestos como un deber común que deben realizar todos los vecinos.

Asimismo, mediante otro sorteo, se registraron aquellas personas que surgen por haber abonado la Tasa de Embarque Municipal. Silvina Enrique de Hurlingham y Ladislao Altamirano de Ciudad Evita fueron los ganadores  en esta oportunidad y ganaron en catamarán por el Delta; y almuerzos y cenas en diversos restaurantes de la ciudad.

Del sorteo participaron también: Daniel Palomino, subsecretario de Fiscalización y Recaudación; Luis Sena, director de Control Interno e Inteligencia Fiscal; Aníbal Mastroiani, director general de Fiscalización y Recaudación; Javier Bosh, subsecretario de Programación Tributaria; la contadora, la tesorera y los concejales Carlos Figueroa, Juan Baldo y Daniel Macri.

Para más información y bases del programa, ingresar a www.tigre.gov.ar, comunicarse al 4512-4456 (Dirección Coordinadora de Tasas Inmobiliarias) o por correo electrónico, a tasas@tigre.gov.ar.

Conferencia sobre el navegante Luis Piedra Buena

Este jueves 22 de agosto a las 18 hs en el Museo Naval de la Nación el artista y escritor Hernán Álvarez Forn brindará una conferencia acerca del marino Luis Piedra Buena. 

En el marco de un ciclo de conferencias, impulsado por la Agencia de Cultura del Municipio de Tigre, el Museo Naval de la Nación ubicado en Paseo Victorica 602, fue el lugar elegido para homenajear a Luis Piedra Buena.








Álvarez Forn, más conocido como Hormiga negra, ha escrito Memorias Posibles de Luis Piedra Buena y como famoso navegante ha recorrido los mismos mares que el protagonista de su libro.






Continuando con la temática, el sábado a partir de las 15:30 se llevará a cabo la jornada “Construyendo el Luisito” donde los presentes podrán construir su propio barco a escala, como el que hizo Luis Piedra Buena en la Isla de los Estados. La actividad no se suspende por lluvia.

Los fantasmas ya pueden verse en el MAT

Se inauguró oficialmente la expo del artista Damián Kirzner que está integrada por una colección de imágenes de embarcaciones olvidadas y perdidas en tiempo y lugar. La misma podrá ser visitada hasta el 1º de septiembre y los vecinos de Tigre podrán entrar al Museo de Arte de forma libre y gratuita, presentando el DNI.

Distintos monumentos marinos cuentan una historia y a pesar de haber sido abandonados perduran y logran reinventarse gracias a un artista, Damián Kirzner que decidió retratarlos y hacer de ellos “Fantasmas”, su último trabajo fotográfico que se inauguró oficialmente el último sábado en el Museo de Arte Tigre, dependiente de la Agencia de Cultura.
“Renovar constantemente las colecciones itinerantes del MAT es parte de nuestra agenda cultural. En este caso lo hicimos con la expo de Damián Kirzner, un trabajo fotográfico de primer nivel. El público que se acercó pudo disfrutar de una visita guiada y personalizada junto al artista para adentrarse más en su trabajo”, destacó el director ejecutivo de la Agencia de Cultura, Daniel Fariña.

Kirzner juega a ser un explorador que recorre tierras sin fronteras  en busca de fantasmas. En su camino encuentra  inmensas piezas creadas por el hombre que, después de haber vivido su momento de esplendor, fueron desechadas. Barcos de nadie: silenciosos, oxidados y olvidados.

En el encuentro el fotógrafo declaró sentirse muy agradecido por el trato profesional dispensado y remarcó: “Es un honor exponer mi muestra en el MAT. A la hora de capturar estas imágenes me sentí atraído por el fuera de lugar, en este caso, los restos de embarcaciones que casi inexplicablemente descansan hoy en espacios lejanos a las aguas”.

Por su parte, la curadora del Museo, Valeria Semilla destacó el trabajo fotográfico del artista y argumentó: “Todas las imágenes de Kirzner están en medio de un paisaje que no es marino. Son como fósiles que indican que, en ese otro tiempo, la vida también tuvo un otro lugar”.

El encuentro fue coronado por una visita guiada para todos los presentes bajo el título “Pensar sobre la marcha”, encabezada por el propio fotógrafo.

La expo podrá visitarse hasta el próximo domingo 1º de septiembre, de miércoles a viernes de 9 a 19 hs y fines de semana, de 12 a 18 hs. Los vecinos de Tigre podrán acceder de forma libre y gratuita, presentando el DNI.


Sobre el artista 
Damián Kirzner es licenciado en Comunicación en la UBA. Además, es productor general y director artístico de cine y TV. A los 12 años tomó sus primeras clases de fotografía con Fabián Bielinsky para luego formarse en talleres y seminarios de M.Brodsky, IFA, Gabriel Aldazabal (FCT) y E. Tchanz. En 2008 presentó su primera muestra individual, “Fósiles”, en Elsi del Río Arte Contemporáneo.

Tigre: Cámaras de seguridad permitieron apresar delincuentes que dispararon a policías y robaron móvil COT

El hecho se inició cuando un Ford Fiesta se detuvo aduciendo un desperfecto mecánico sobre el puente de la Ruta 197, en Pacheco.

Esta situación fue advertida por los operadores de las cámaras del Centro de Operaciones Tigre (COT) que enviaron un móvil al lugar, con un policía retirado desarmado a cargo del móvil y un efectivo en actividad armado de acompañante. El Inspector Municipal dialogó con los dos ocupantes del Ford Fiesta que le explicaron que tenían un desperfecto en el tren delantero y que no iban a poder empujar el auto.



Ante una situación sospechosa, el móvil del COT pidió refuerzos y ante esta situación los delincuentes extrajeron armas y dispararon contra los dos hombres que llegaron a asistirlos en el primer móvil.






En el hecho, el policía Héctor De la Iglesia recibió dos balazos, cayendo desde el puente de varios metros de altura mientras que el chofer Miguel Benítez resultó herido con 5 tiros. En tanto, los cacos se dieron a la fuga en el móvil municipal, colisionando a las pocas cuadras.





Las cámaras de seguridad de Tigre y los GPS colocados en los móviles municipales permitieron distinguir el recorrido e identificar el choque de los malvivientes, que a pesar de lo ocurrido volvieron a escapar robando otro vehículo.





Nuevamente desde el COT se monitoreó el raid delictivo, siendo rodeados por los móviles y policías, para luego detenerlos a metros de la sede central del COT.






Los asaltantes también se tirotearon con la efectivo policial Soledad Moreno, integrante de la Policía Buenos Aires 2, que llegó en el primer móvil del COT y alcanzó a herir a uno de ellos antes de que huyeran del lugar.





Los sospechosos fueron identificados por la Policía como Fabián Martínez, evadido hace seis meses de la Unidad Penal 9 de Neuquén y el herido Sergio Molina, quien había huido de la cárcel entrerriana de Gualeguaychú.





El detenido baleado recibió asistencia médica y luego fue alojado junto al otro apresado en sede policial, donde quedaron a disposición de la fiscalía descentralizada de General Pacheco.






Además de las cuatro pistolas 9 milímetros y una pistola ametralladora PAM 2 utilizadas por los delincuentes se secuestraron varios electrodomésticos robados y elementos de valor.






Por su parte, el Inspector Municipal Miguel Benítez se recupera satisfactoriamente, si bien sufrió heridas graves, se encuentra en mejor estado que el Oficial de la Policía Bonaerense Héctor De la Iglesia, quien se encuentra en terapia intensiva en el Hospital Churruca con un pronóstico de carácter reservado.














FRENTE RENOVADOR BUSCA DEBATIR SOBRE LA POLICÍA MUNICIPAL Y CONTRA LA REELECCIÓN INDEFINIDA DE INTENDENTES

Diputados y Senadores que integran el bloque del Frente Renovador en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires manifestaron este miércoles la intención de avanzar con el tratamiento sobre Policía Municipal; para ello, con el objetivo de luchar firmemente contra la inseguridad, el espacio que conduce Sergio Massa se mostró dispuesto a debatir el proyecto del diputado de Nuevo Encuentro, Marcelo SaÍn.

Esta situación se presenta luego de la negativa del Frente para la Victoria de tratar los proyectos ingresados por el Frente Renovador en ambas Cámaras.

Además, se presentó oficialmente la iniciativa parlamentaria para limitar la reelección indefinida de los intendentes y concejales de la provincia de Buenos Aires. En concreto, la norma busca generar la renovación de la dirigencia política, siendo éste uno de los puntos de mayor relevancia del proyecto político que encabeza Sergio Massa.

El mismo modifica la Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo número 3 y aclara que cada alcalde y concejal del territorio bonaerense podrá ser reelecto una sola vez, debiendo luego dejar pasar un período para volver a ocupar el mismo cargo.

Otro de los proyectos presentados establece que las funciones de intendentes y concejales serán incompatibles con los cargos de: gobernador, vicegobernador, ministros y miembros de los poderes legislativo o judicial, nacionales o provinciales.

También incluye el cargo de funcionario o empleado a sueldo del Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, ya sea de la administración central, organismos descentralizados o entes autárquicos, a excepción del ejercicio de la docencia.

POLICIA MUNICIPAL

Respecto a la policía comunal, el senador y titular de la bancada Jorge D’Onofrio declaró: “Tenemos la firme decisión de que se arme la policía municipal; discutiremos el proyecto que sea necesario, no nos importa quién sea el autor”, y añadió: “La Provincia la pudo armar por decreto y no lo hizo, en cambio sí lo hizo con el impuesto inmobiliario que decretó el Gobernador Daniel Scioli. Queremos que la población tenga claro la decisiones de cada uno”.

Sobre este tema, el diputado Raúl Pérez resaltó: “Cualquier proyecto puede ser discutido y debatido, pero tiene que quedar en claro que el único punto que no se puede negociar es el de la financiación, que debe salir del gobierno provincial, con los recursos que hoy destina en publicidad, tranquilamente puede solventarse la Policía Municipal”.

REFORMA POLITICA

En tanto, Rubén Eslaiman, presidente del bloque de Diputados consideró: “La finalidad de este proyecto es la de garantizar la dedicación exclusiva de los funcionarios al cargo público, asegurando la máxima eficiencia en su desempeño”.

Por su parte y en referencia al proyecto que limita las reelecciones en jefes comunales y ediles, Ramiro Gutiérrez sostuvo: “Es una fuerte decisión política que promovemos desde el espacio de Sergio Massa, ya que consideramos que ocho años es un tiempo más que suficiente para mostrar todo el potencial que pueda tener un intendente”.

Estuvieron presentes los titulares de los bloque del FR Jorge D’Onofrio (Senadores) y Rubén Eslaiman (Diputados) y los legisladores Ramiro Gutiérrez, Raúl Pérez, Marcelo Di Pascuale, Franco Caviglia, Julio Garro, Maria Elena Torresi, Ricardo Lissalde; los senadores Ricardo Zamperetti, Maria Esther Barrionuevo, y los candidatos del FR Juan Amondarian y Mirtha Cure.

PROYECTO DE LEY REELECCIONES
El Senado y la  Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de;
Ley:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el artículo 3° del Decreto - Ley Número 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades” -texto actualizado según ley número 14.515-, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3°: El Intendente y los Concejales serán elegidos directamente por el pueblo, durarán en sus funciones el término de cuatro (4) años y podrán ser reelegidos por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos en igual cargo, no podrán ser elegidos nuevamente, sino con el intervalo de un periodo. El Concejo se renovará por mitades cada dos años (2).”
ARTÍCULO 2°.- Incorpórese al Capítulo XVII “Disposiciones Transitorias” del decreto ley 6.769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades”- y modificatorias-, la siguiente disposición transitoria:
“Disposición Transitoria: A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º , los mandatos de los Intendentes y Concejales de la Provincia de Buenos Aires, vigentes al momento de sancionarse la presente reforma de ley, serán considerados como primer período.”
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS:

Señor Presidente:

Constituye objeto de la presente iniciativa de ley, la eliminación definitiva del ordenamiento normativo de la provincia de buenos aires, de la figura jurídico-política de la “reelección indefinida” de los jefes comunales, así como de los miembros integrantes de los Concejos Deliberantes de los 135 departamentos municipales, amprada por el artículo 3º del Decreto - Ley Número 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades”, reforma cuyo carácter imperioso e impostergable deviene, entre otras razones y como oportunamente se desarrollará, de la necesidad de igualar los mandatos de los referidos funcionarios electivos a los del Gobernador y Vicegobernador de la Provincia de bueno Aires en el ámbito provincial, y a los mandatos del Presidente y Vicepresidente de la Nación, en consonancia con lo prescripto respectivamente por la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Constitución Nacional.
Superada la precedente introducción, vale manifestar que la complejidad de la figura de la reelección indefinida objeto de reforma legislativa, amerita sin más, un análisis pormenorizado de la temática categorizado en los siguientes ítems, los que en su conjunto constituyen los fundamentos de la presente iniciativa, a saber:

Antecedentes en el Derecho Constitucional Argentino:
La denominada “reelección indefinida” del Órgano Ejecutivo Municipal, así como la de los funcionarios de los respectivos Cuerpos Deliberativos Departamentales, la cual se traduce en el ejercicio de los referidos mandatos sin límites temporales, se constituye como excepción dentro de la historia del Derecho Constitucional Argentino.
Así lo reflejan los primeros antecedentes normativos, los cuales se remontan a la Revolución de Mayo, momento histórico en el que los documentos vinculados con la organización política del Estado nacional y los gobiernos provinciales, se caracterizaron por asignar a quienes estarían al frente de ellos, en funciones ejecutivas, la permanencia temporaria en el desempeño de sus cargos sin posibilidades de renovación de a sus mandatos, o al menos con la reelección por un período consecutivo.
Ya en 1817 al tratarse el Reglamento o Estatuto, encargado por el Congreso de Tucumán a una comisión de juristas, se estigmatizaba la reelección indefinida y refiriéndose a la elección de senadores y a su estado vitalicio se dijo con razón que “la perpetuidad del cargo ponía en evidente riesgo la parte democrática de la Constitución, que las senadurías debían renovarse entre los ciudadanos más beneméritos y no estancarse en unos pocos”.
En el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, como antecedentes de la limitación de la reelección de los mandatos, ha de citarse el “Reglamento de Mayo de 1820” que designó a Idelfonso Ramos Mejía como gobernador de la Provincia de Buenos Aires; la “Constitución de la provincia de Buenos Aires (1854-1873)” que vedaba la reelección, previsión ésta que se reitera en las Constituciones Provinciales vigentes entre los años 1873 y 1889, 1889 y 134, 1934 y 1939, 1939 y 1949, 1949 y 1955 y 1955-1994.
En igual sentido se pronunció la Constitución Nacional sancionada en el año 1853, criterio que se mantuvo en sus sucesivas reformas, al establecer que el presidente y el vicepresidente duraban seis años en sus cargos y no podía ser re-elegidos sino con el intervalo de un período.
Por último, los antecedentes más recientes nos remiten a la reforma constitucional del año 1994, en virtud de la cual nuestra Carta Magna en su artículo 90º,  permite la renovación de los mandatos de presidente y vicepresidente con la limitación de un período consecutivo.

Sistema Vigente en el Ámbito de la Provincia de Buenos Aires:
En igual sentido que lo dispone el citado artículo 90º de la Constitución Nacional, la Constitución de nuestra Provincia en su artículo 123º, dispone un límite a la figura de la reelección cuando refiere a los cargos electivos de gobernador y vicegobernador.
En suma, a través de la normativa constitucional citada se puede observar el criterio restrictivo adoptado por los constituyentes referido a la reelección de aquellos que desempeñan cargos electivos pertenecientes al Poder Ejecutivo, tanto en el nivel nacional como en el provincial.
Sin embargo, al adentrarnos al análisis de la figura política de la reelección indefinida en el orden municipal, ha de advertirse que el carácter restrictivo y excepcional que los textos constitucionales nacional y provincial otorgan a la reelección de los respectivos Poderes Ejecutivos, no resulta armonioso con el criterio amplio y general estatuido por el Decreto - Ley Número 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades”, respecto de las figuras institucionales del Intendente y de los miembros de los Concejos Deliberantes Departamentales de la Provincia de Buenos Aires.
En lo pertinente, el artículo tercero de la referida Ley Orgánica, dispone que el Departamento Ejecutivo es ejercido por un ciudadano con el título de intendente y permanece cuatro años en sus funciones pudiendo ser reelecto. Por tanto, debe entenderse que la cuestionada norma jurídica al no limitar la repetición del mandato, autoriza implícitamente a conferirlo de modo indefinido. Las  mismas consideraciones son extensivas a los funcionarios miembros de los cuerpos deliberativos municipales.

Crítica al Sistema de “Reelección Indefinida” adoptado por el Decreto-Ley 6769/58:
Entendemos que el sistema de reelección indefinida, particularmente el del mandato de los jefes comunales, facilita el estancamiento monárquico en el poder, evitando la renovación y generando clientelismo y con ello el desgaste de las instituciones que no hacen otra cosa que responder a los caprichos de los funcionarios que se perpetúan en el poder. Sin duda que, la perpetuidad en el poder tiende a desnaturalizar el sistema representativo de gobierno, tornándolo un poco menos republicano para acercarlo cada vez mas al monárquico
Cierto es que, en la construcción del nuevo Estado, el rol de los ámbitos locales resulta estratégico. Lamentablemente, los males del viejo caudillismo, aun siguen vigentes en ciertos estamentos provinciales y municipales, generando resultados muy negativos para las instituciones.
Viene por caso reflejar la realidad que en estos últimos casos ha experimentado nuestra provincia en lo que refiere a reelección indefinida de un numero considerable de Intendentes bonaerenses, que en algunos casos cumplen un tercer periodo al frente del distrito, en tanto que otros transitan o  superan el cuarto, ello con los riesgos que trae aparejada la perpetuidad en el poder como ya ha sido expresado.
Por otra parte, lo acontecido en los últimos tiempos en las diferentes provincias en que se planteo el tema re reelección de Gobernadores y sobre todo a nivel nacional respecto de la figura Presidencial, ha dejado de manifiesto el gran rechazo popular que genero este tipo de intenciones para perpetuarse en el poder, reflejando la expresión de resistencia del pueblo en contra de estas practicas despóticas.

Necesidad de Adecuación Normativa:
Habiéndose dejado de manifiesto la contradicción jurídica existente entre el cuestionado artículo 3º de la “Ley Orgánica de las Municipalidades”, respecto del sistema restrictivo de reelección adoptado por la Constitución Nacional y la Constitución de  la Provincia de Buenos Aires, se torna consecuente y necesario extender su aplicación respecto de la renovación de los mandatos de los intendentes y de los concejales integrantes de los cuerpos deliberativos municipales,  prescribiendo la restricción temporal en el ejercicio de sus respectivos mandatos solo por dos periodos consecutivos.
En tal sentido, la presente iniciativa se propone determinar un marco coherente y razonable tendiente a limitar temporalmente la permanencia en el poder de aquellos funcionarios municipales, entendiendo que la alternancia en el poder es sinónimo de garantía de nuestra forma republicana y democrática de gobierno.

Fundamentos Constitucionales de la Reforma:
La presente pretensión de reforma legal, encuentra respaldo constitucional en varios artículos de nuestra ley fundamental. Así lo demuestra el constituyente en el Art. 1º de la Constitución Nacional, donde se establece el Sistema Republicano de Gobierno, también en el Art.31 que determina la supremacía constitucional de su texto legal frente a otros y en el Art. 5º que faculta a las provincias a dictar su propia constitución siempre que no contraríen el Sistema Republicano y demás principios fundamentales.
En el mismo sentido se expresa la Constitución de la Provincia de Buenos Aires mediante su Art. 1º que establece el Sistema Republicano como propio de la Provincia.
Cabe destacarse que del análisis de los citados artículos se deduce que tanto el gobierno nacional como provincial privilegian el Sistema Republicano de Gobierno, del que se desprende la periodicidad de las funciones como ya se dijo, de manera tal que queda a la vista que el sistema de reeleccionismo eterno seguido por los municipios atenta contra la propia Constitución al impedir la renovación en el poder mediante la no periodicidad de las funciones. Por lo tanto correspondería  hacer una aplicación analógica del texto constitucional y limitar intentos de perpetuación en el poder.

Reflexiones Finales:
Como ha sido recogido de la experiencia de estos últimos años, la ciudadanía está reclamando la renovación de sus representante políticos, renovación que tiene como correlato la obligación indelegable de los dirigentes políticos de ofrecer a la sociedad las primeras señales del cambio que se exige y sin duda alguna que la posibilidad de reelegir indefinidamente a intendentes y concejales atenta contra ese vigente reclamo ciudadano.
Paralelamente es oportuno manifestar que las limitaciones establecidas en el presente proyecto de ley no vulneran en modo alguno los derechos políticos de los ciudadanos, pues las disposiciones que devienen de su texto normativo no proscriben a nadie de la posibilidad de acceder a los cargos electivos, sino que simplemente limita la permanencia indefinida en ellos.
Por tanto, entendemos imperioso impulsar las modificaciones legales que propiciamos a los fines de concretar su fin inmediato, esto es la garantía de renovación política y en consecuencia, prevenir la indeseada perpetuidad en los cargos públicos, erradicando con ello caudillismos y clientelismo político. Sin duda, que intenciones legislativas como las que hoy sometemos a consideración de este Honorable Cuerpo, marcan el comienzo de un camino que entendemos permitirá renovar los aires políticos y contagiar las intenciones de quienes quieran participar en forma directa del sistema democrático, representativo y republicano de nuestro gobierno, mereciendo especial consideración la participación activa de los jóvenes, pues en ellos ponen sus esperanzas los pueblos que anhelan ensanchar los cimientos de la justicia y la renovación moral de la política.
Por todo lo expuesto, es que solicitamos a los Sres. Legisladores que nos acompañen con su voto favorable para la aprobación del presente proyecto de Ley.


PROYECTO DE LEY INCOMPATIBILIDADES
El Senado y la  Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de;
Ley:
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 7 del Decreto-Ley 6769/58 “ESTABLECIENDO LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES”, el que quedará redactado de la siguiente manera:      
“Artículo 7.- Las funciones de Intendente y Concejal son incompatibles:
1. Con las de Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Miembros de los Poderes Legislativo o Judicial, Nacionales o Provinciales.
2. Con las de funcionario o empleado a sueldo del Poder Ejecutivo nacional o provincial, sea en la Administración central, organismos descentralizados o entes autárquicos,  a excepción del ejercicio de la docencia.
3. Con las de empleado a sueldo de la Municipalidad o de la Policía.”

Artículo 2º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS:
Señor Presidente:

La presente iniciativa responde a la necesidad de incorporar en forma expresa la incompatibilidad de las funciones de Intendente y Concejal con las de funcionario o empleado a sueldo del Poder Ejecutivo nacional o provincial, sea en la Administración central, organismos descentralizados o entes autárquicos –excepción hecha del desempeño de la docencia-, atento que la falta de una disposición expresa que contemple el supuesto mencionado ha dado lugar a dudas y vacilaciones que han tornado necesaria la intervención de distintos organismos para dilucidarlas, con el dispendio de tiempo y esfuerzos que ello conlleva.
Por cierto, no es ocioso recordar que en reiteradas oportunidades la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha debido expedirse sobre el tema, así como también la Asesoría General de Gobierno ha sido consultada al respecto.
En primer lugar, a fin de encuadrar adecuadamente el tópico que nos ocupa, dable es señalar que siguiendo a Villafañe puede definirse a la incompatibilidad como la prohibición que pesa sobre el agente, de desempeñar simultáneamente más de un cargo público o de percibir un haber previsional; o de ejercer alguna actividad o profesión considerada inconciliable, por su naturaleza, con los deberes de imparcialidad y de plena dedicación al cargo, conforme a la normativa aplicable en cada caso.
Así pues, los objetivos del sistema de incompatibilidades son: 1) garantizar la dedicación exclusiva de los funcionarios al cargo público y sus exigencias a efectos de asegurar la máxima eficiencia en su desempeño; 2) lograr ordenar el mercado de trabajo (ya que con tal figura se procura permitir el acceso al empleo de otras personas); 3) impedir que el agente público ejerza otra actividad o profesión, que por su naturaleza, no se condiga con la función pública. Por ejemplo: existencia de intereses contrapuestos, tráfico de influencias, contravención de la moral o la ética pública. A las mencionadas, García Pullés agrega la protección y garantía del interés público y el resguardo de la integridad psíquica y física de la persona que ocupa un cargo público.
Ya en el siglo XIX (aprox. 1870), Del Valle señaló que “en general, los puestos públicos están determinados con relación a la medida de la fuerza humana, y es casi imposible pedirle a un hombre que desempeñe al mismo tiempo, dos o tres empleos públicos, porque los ha de desempeñar todos mal y ninguno bien...”
En tal sentido, la Suprema Corte de Justicia Bonaerense ha dicho que “el espíritu de las normas que tienden a regular la situación de incompatibilidades es el de propender a privilegiar el desempeño cabal de la función”.
Ahora bien, efectuando un recorrido por la legislación existente en la materia, debe comenzar por precisarse que el artículo 53 de la Constitución Provincial estatuye que “no podrá acumularse dos o más empleos a sueldo en una misma persona, aunque sea el uno provincial y el otro nacional, con excepción de los del magisterio en ejercicio...”
Como puede colegirse de sus propios términos, la norma citada contiene una previsión vinculada con la ética pública en el ejercicio de las funciones de gobierno y administrativas, estableciendo un principio de incompatibilidad: el ejercicio de dos o más empleos a sueldo en una misma persona.
Contiene la Constitución Provincial otras incompatibilidades especiales, como ser: la incompatibilidad del cargo de diputado y senador con el de empleado a sueldo de la Provincia o de la Nación, y de miembro de los directorios de los establecimientos públicos de la Provincia (artículos 72 y 77, respectivamente); la de los legisladores para desempeñar cargos rentados creados o cuyos emolumentos hayan sido aumentados durante el período legal de la Legislatura en que hayan actuado, ni ser parte en contrato alguno que resulte de una ley sancionada durante su período (artículo 89);  y las del Gobernador y Vicegobernador de ejercer otro empleo o recibir otro emolumento de la Nación o de la Provincia (artículo 133).
Por su parte, el Decreto Ley 8078/73 (el cual, según el criterio de CABRAL y SCHREGINGER, reglamentó la incompatibilidad por superposición de cargos prevista en el mencionado artículo 53), establece en su artículo 1º que “no podrán acumularse en una misma persona, dos o más empleos ya sean nacionales y provinciales, municipales y provinciales o provinciales, aunque algunos de ellos sean en reparticiones autónomas o autárquicas nacionales o provinciales.”
Asimismo, cabe señalar que la anterior Ley Orgánica de las Municipalidades –ley 4687- había incorporado una incompatibilidad en los términos del artículo 53 de la Constitución de la Provincia, al establecer en su artículo 13 inciso c) que “las funciones de intendente y concejal son incompatibles: … con las de funcionario o empleado público a sueldo, dependiente del Poder Ejecutivo nacional o provincial, aunque sea del magisterio o docencia…”.
En la actualidad, el texto del artículo 7 de la Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto-Ley 6769/58- restringe las causales de incompatibilidad al ejercicio de las funciones de “Gobernador; vicegobernador, ministros y miembros de los poderes Legislativo o Judicial, nacionales o provinciales” (inc. 1) y “empleado a sueldo de la municipalidad o de la policía” (inc. 2).
Por ello, como se señalara al comienzo, no obstante la existencia de las previsiones normativas reseñadas, no puede soslayarse que desde hace tiempo viene debatiéndose si configura una incompatibilidad para el ejercicio del cargo de concejal su desempeño simultáneo con cualquier empleo público, situación a la que indudablemente ha contribuido la carencia de una previsión normativa que contemple específicamente el caso que nos ocupa.
Así las cosas, hay quienes se manifiestan a favor de la posibilidad material de desempeñar ambas funciones conjuntamente, atento que la Ley Orgánica municipal regula como única incompatibilidad en dicho ámbito la de empleado a sueldo de la Municipalidad o de la Policía, de lo cual deduce que el resto de los empleos a sueldo de la Administración provincial es compatible con dicha función. En tanto, otro sector  afirma la necesidad de exigir al agente que opte por alguno de los cargos, por entender que la situación se encuadra en los términos del art. 53 de la Constitución provincial toda vez que el concejal es un funcionario que presta servicios remunerados en la comuna.
Dentro de ese marco, al decidir en una de las causas llevadas a su conocimiento, la Suprema Corte de Justicia se pronunció por la incompatibilidad entre el ejercicio del cargo de concejal y el de empleado de la Administración General de Obras Sanitarias.  En tal oportunidad sostuvo que “…a partir del precepto constitucional que establece que “no podrá acumularse dos o más empleos a sueldo en una misma persona, aunque sea el uno provincial y el otro nacional...” (art. 53, Const. prov.), cabe interpretar que tal situación de incompatibilidad comprende la inhabilitación para el desempeño de otro cargo de un ciudadano que preste servicios en un municipio (causa B. 57.189, “Massimino”, 5 VII 2000), sin que obste a ello la circunstancia de que de las ordenanzas municipales que rigen la relación de empleo público del accionante no surja la concreta consagración de la incompatibilidad sobre cuya base la comuna decreta su cese” (causa B 56.188, “Tata, Rodolfo Salomón c/ Provincia de Buenos Aires (A.G.O.S.B.A.) s/ Demanda contencioso-administrativa”, sentencia del 28/02/01).
En el mismo orden de ideas, la Asesoría General de Gobierno, en consultas que le han sido efectuadas en reiteradas ocasiones, ha sostenido los siguientes criterios: a) el principio general de incompatibilidad dispuesto por el artículo 53 de la Constitución Provincial veda la acumulación de dos o más empleos a sueldo en una misma persona, aunque uno sea provincial y otro nacional (habiéndose entendido que los primeros comprenden también a los municipales), con excepción del magisterio en ejercicio; b) los Concejales son personas que prestan servicios remunerados en la Municipalidad, sea cual fuere la naturaleza de la designación y forma de pago  (S.C.J.B.A.: “NAUDI” del 30/09/86 y “LLORENTE” del 10/04/90); c) resulta evidente la incompatibilidad en razón de la acumulación de dos empleos a sueldo cuando una persona se desempeña como Concejal y Director de la Delegación Regional de la ANSES. Igual criterio se aplicó con un empleado del Banco Nación, por ser éste una Institución autárquica del Estado Nacional (art. 1º Ley 25.299) cuya relación con los agentes tiene carácter de empleo público, en virtud de la naturaleza del servicio, así como también respecto de una empleada del Registro Provincial de las Personas.
Destacó también que las inhabilidades e incompatibilidades funcionales se encuentran contempladas en los artículos 6º y 7º del Decreto Ley Nº 6769/58 y modificatorias e importan la prohibición que sufre todo agente o funcionario municipal de tener en el ejercicio de su cargo y en relación con sus funciones, intereses que comprometan su independencia. Es decir, que las mismas resultan de la oposición de intereses particulares con los municipales que prevalecen siempre, y que son, por eso mismo, los que determinan la exclusión del cargo, función o empleo.
Sin embargo, como lo señalara el propio Organismo Asesor, su intervención se inscribe en el marco de colaboración habitualmente ofrecido a las Municipalidades, con el fin de aportar una opinión más -no vinculante- que permita a las autoridades comunales resolver las cuestiones de su competencia con arreglo a derecho, pero sin que ello excluya la participación de los órganos de asesoramiento locales.
Así entonces, urge la necesidad de incorporar en forma expresa la incompatibilidad en los términos en que se postula, siendo el Poder Legislativo la autoridad competente en la materia, según lo determina el artículo 103 inciso 12 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Con la reforma propuesta se tornarán incompatibles las funciones de concejal con las de funcionario o empleado a sueldo del Poder Ejecutivo nacional o provincial, sea en la Administración central, organismos descentralizados o entes autárquicos,  a excepción del ejercicio de la docencia. Dicha incompatibilidad no se establece por la acumulación de ingresos sino por el desempeño simultáneo, es decir que reviste carácter funcional. De esta forma, no podrá subsanarse aún en los casos en que el agente renuncie al sueldo correspondiente a la misma.
Al quedar encuadrado en el supuesto mencionado ut supra deberá ejercer la opción prevista en el artículo 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, esto es que deberá elegir entre la solicitud de licencia sin goce de haberes por el período de su mandato o la renuncia a dicho cargo.
Por lo expuesto, solicito a los señores legisladores acompañen con su voto favorable la presente iniciativa.

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