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viernes, 25 de mayo de 2012

La Corte le puso plazo a la cautelar y Clarín deberá adecuarse a la ley de medios


La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió que la medida cautelar que permite al grupo Clarín no cumplir con el artículo 161 de la ley de medios vence el 7 de diciembre de este año. Ese artículo es el que daba un año a las empresas mediáticas para desprenderse de las licencias de radio o televisión que tuvieran de más. En un fallo emitido por unanimidad, la Corte aclaró que las medidas cautelares no pueden extenderse indefinidamente, que la cuestión de fondo debe resolverse en un plazo razonable y dispusieron que la suspensión del artículo 161 para Clarín vence el 7 de diciembre. En declaraciones, el presidente del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, Néstor Busso, expresó que “es una buena noticia” y que ahora el grupo “debe presentar el plan de adecuación a la ley”.
En octubre de 2009, apenas aprobada la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el grupo Clarín, que controla más de 200 licencias de radio y televisión, recurrió a la justicia para no cumplir el artículo 161. El juez Edmundo Carbone le concedió una medida cautelar impidiendo que se le aplique hasta que se resolviera si el grupo tenía razón o no. Sin embargo el juez nunca resolvió ese punto, que es la cuestión de fondo, y la compañía sigue incumpliendo la ley gracias a la medida cautelar, que ahora vencerá el 7 de diciembre.
Busso aseguró la vigencia de la medida a favor de Clarín “atenta contra el sentido común, ya que para discutir si un año es un plazo válido la cautelar nos llevó 3”. Por eso opinó que el fallo “es una buena noticia, por fin la Corte Suprema de Justicia le pone fecha límite a esta medida cautelar y de esta forma el grupo Clarín y todos, todas las personas y todas las empresas, deben cumplir integralmente la ley, adecuarse a lo que la ley establece, especialmente en lo que hace al régimen de multiplicidad de licencias”.
El presidente del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual y presidente del Foro Argentino de Radios Comunitarias explicó que ahora Clarín “tiene que cumplir con el máximo de servicios que la ley establece que puede tener un mismo operador; o sea, no puede tener más de 10 servicios en todo el país, no puede tener más de 3 en una misma localidad, de radio o de televisión, y puede tener hasta 24 servicios de cable. Pero por otro lado no puede tener al mismo tiempo cable y televisión abierta y si opta por el cable no puede tener más del 35 por ciento del total de los abonados”. Para ello “debe presentar el plan de adecuación a la ley, estableciendo los medios con los que se quiere quedar y cómo sería el proceso de transferencia. Eso debe ser previamente autorizado por el AFSCA y cumplimentado en un plazo razonable que tendrá que establecerse. Pero todo eso tiene que realizarse antes del 7 de diciembre”.
Además Busso resaltó que la Corte dejó en claro que el grupo Clarín “no cuestionó más que temas patrimoniales y no habló sobre libertad de expresión, no argumentó sobre libertad de prensa, lo que defiende es su negocio”. Y señaló que en términos jurídicos el máximo tribunal dijo que “lo que buscaba era ganar tiempo, no resolver la cuestión planteada en la causa”.
Los jueces de la Corte remarcaron también que la cautelar a favor del grupo no impide la aplicación general de la ley. El presidente de FARCO se refirió también a otras empresas mediáticas que también superan el límite de licencias permitidas y afirmó que “tienen que ponerse a derecho, de hecho están violando la ley varios grupos. Telefé, el grupo Hadad, el grupo Ick en Santiago del Estero, Vila – Manzano, son grupos que están operando más servicios que los que la ley permite y por lo tanto se ponen a derecho de acuerdo a la ley o deberán ser sancionados”
Mientras tanto el grupo Clarín emitió un comunicado en el que dice que el si antes del 7 de diciembre no se resuelve la cuestión de fondo podrá recurrir a nuevas medidas para defenderse. Por su parte la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, órgano máximo de aplicación de la ley, celebró el fallo de la Corte y expresó que el máximo tribunal “acompaña de este modo el mandato popular a favor de la desconcentración y garantiza el derecho a la información”.
Además del límite de licencias por prestador, la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, aprobada por amplia mayoría en octubre de 2009, estableció: que el espectro radioeléctrico debe ser considerado como un bien público del que nadie es dueño; que el 33 por ciento de las frecuencias de radio y televisión estarán reservadas para organizaciones sin fines de lucro; que es obligatorio asegurar porcentajes de producción local y propia, difundir cine y música nacional; que los pueblos originarios pueden tener sus propios medios de comunicación; que se deberán evitar tratos discriminatorios de todo tipo en los medios; que se debe proteger a los niños y niñas; que las empresas de cable deben tener una tarifa social; y que debe haber un defensor del público, entre otros puntos.

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