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jueves, 17 de septiembre de 2009

AVANZA EN LEGISLATURA PROVINCIAL EL TOPE HORARIO A BOLICHES BAILABLES

El proyecto de ley que regula el funcionamiento de boliches bailables bonaerenses y establece que deberán cerrar sus puertas a las 5.30, con el objetivo de reducir el exceso de consumo de bebidas alcohólicas en los jóvenes, fue aprobado hoy en el Senado provincial.

La iniciativa, enviada por el Poder Ejecutivo, establece que las confiterías bailables, discotecas, clubes y salas y salones de baile deberán cerrar sus puertas a las 5.30 y una hora antes tendrán que cesar con el expendio de bebidas alcohólicas.

Además, prevé que no se podrá ingresar a los boliches bailables después de la 1, aunque por modalidades estacionales el acceso podrá extenderse hasta las 2, según lo disponga el Poder Ejecutivo en la reglamentación.

El proyecto, que será tratado la semana próxima en Diputados, contempla que los bares, cantinas, restaurantes, y salas de juego podrán permanecen abiertos después de las 5.30, aunque no podrán vender bebidas alcohólicas pasadas las 4.30 horas.

También obliga a los locales bailables a colocar cámaras de seguridad en sus accesos y egresos, dentro de los 90 días de promulgada la norma, y a preservar la grabación por 60 días a disposición de cualquier autoridad competente.

La iniciativa prohíbe en los boliches bailables la venta de productos energizantes y el expendio de bebidas alcohólicas en envases abiertos que superen los 350 mililitros.

Las denominadas matiné deberán estar reservadas sólo para chicos de entre 14 y 17 años, que podrán concurrir a los boliches entre las 18 y las 24, sin la concurrencia simultánea de mayores de 18, de acuerdo al proyecto.

Estos establecimientos deberán tener abiertas sus puertas media hora antes del inicio de la matiné, al sólo efecto de que los padres o responsables legales de los niños puedan verificar el estado de las instalaciones.

También se prohíbe efectuar concursos o competencias cuyo objeto sea el consumo de bebidas alcohólicas y la promoción conocida como "canilla libre" y establece que con la entrada se podrá otorgar sólo una consumición de bebida alcohólica.

Además veda la venta, suministro o expendio de bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del local entre las 23 y las 9, con el objetivo de no permitir el conocido "delivery" de bebidas alcohólicas.

La norma contempla multas de entre 30 mil y 100 mil pesos y clausuras de 30 a 180 días para los que infrinjan esta ley y arresto para quienes vendan bebidas alcohólicas a menores de edad, con agravamiento de las penas en este caso a partir de la

promulgación de la ley.

En otro punto, establece la posibilidad de retener para derivar a un centro de contención los mayores que estén ebrios en la vía pública.

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